DGT Cinemometros que no estan en bueno funcionamiento

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DGT – Algunos CINEMÓMETROS DE RADAR, sin certificados de verificación periódicas, están montados en carreteras!

DGT denuncia por un modelo fijo en Teruel de cinemómetro 1301 MULTANOVA ANTENA 1301, la copia del mismo certificado de verificación periódica enviada está BORROSA Y TOTALMENTE ILEGIBLE POR LO QUE NO HAY INFORMACION DEL CINEMÓMETRO (modelo y validez de certificado)… Pero no enviarán una copia clara y ahora persiguen por puntos y una multa.

Radares caducados?

Tráfico adjunta «por error» un certificado de verificación de radar válido hasta junio de 2011 en multas de velocidad recientes

Última fecha de verificación del radar: junio de 2010; válida hasta junio de 2011. Multado: junio de 2014. Con esta información, cualquier infractor lo primero que haría sería recurrir la sanción. Tres años sin testar el radar -es obligatorio hacerlo cada 12 meses- sería un argumento de suficiente peso para evitar el pago de la multa. Pero no en este caso. El Concello ha adjuntado «por error» en varias sanciones un certificado de verificación periódica caducado. Fuentes municipales aseguran que solo ha sido a través de la «Carpeta Ciudadana» de su página web a través de la que muchos vigueses realizan ya multitud de trámites como, en este caso, el pago de multas. Al tratarse de un error, los recursos no tendrían posibilidad alguna de prosperar, pues la Concejalía de Tráfico sí tiene al día la verificación periódica de los radares. Pero este equívoco ha llevado ya a más de un conductor afectado consultado por este periódico a plantearse la presentación de un recurso. «Cuando vi la sanción y que el radar estaba sin verificar desde 2011, pensé en recurrirla, pero al final lo descarté porque corría el riesgo de perder el descuento de pronto pago», explica uno piloto.

Y precisamente este riesgo económico es al que se enfrentan todos aquellos infractores que, llevados por el «error» cometido por el Concello, se decidan a presentar un recurso tras ver que el radar que los «cazó» no ha cumplido los requisitos de verificación desde 2011. Pero su queja no solo no prosperará, sino que además tendrán que pagar el doble al perder la rebaja por el pronto pago.

¿Cada cuánto tiempo debe homologar la DGT estos dispositivos y en qué medida podría estar ‘caducada’ dicha homologación? ¿Podría presentar un recurso contra la sanción alegando este motivo?

Cualquier radar, sin importar su tipo o modelo, debe homologarse cada año. Así lo indica la Orden ITC 3123/2010 del Ministerio de Industria, que regula todo lo relativo a radares o cinemómetros -funcionamiento, revisiones…-.

Por tanto, siempre habrá que ver la fecha de la última homologación del aparato cinemómetro y ver la fecha de infracción, es decir, la fecha en que el radar ha saltado y como consecuencia se ha incoado la multa, y si vemos que hace más de un año desde la última revisión del cinemómetro, debemos alegar que su homologación ha caducado –siempre hay que ver hasta qué fecha es válida-. Para ello siempre hay que solicitar entre otras pruebas, que el órgano que está tramitando la multa, te remita a tu domicilio el certificado de verificación periódica del cinemómetro que captó la presunta infracción. Ello solo podrá hacerse, si se recurre la multa, es decir, si se renuncia al pago con reducción para recurrir la multa, pues en la actualidad si se abona la multa con reducción ya no se puede recurrir la misma.

Además de por este motivo, puedes intentar recurrir la multa, aduciendo otro motivo: comprueba bien que, en el escrito donde te indican la fecha de homologación del radar -denominado ‘Certificado de Verificación Periódica’-, bajo el apartado ‘Fecha de ensayo’… hayan completado correctamente el apartado ‘Validez hasta’. Si está en blanco, podrás recurrir la sanción -en los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la multa- enviando un escrito a la DGT-encontrarás la dirección en el reverso de la notificación- en el que alegues «la falta de una prueba válida», ya que se desconoce la fecha de validez de la certificación del radar y, eso, en una multa por exceso de velocidad, es importantísimo.

Por otra parte, en caso de que la homologación del radar sí hubiera caducado, podrías recurrir la sanción enviando, un escrito a la DGT en el que solicites su anulación -alegando que la homologación del dispositivo no era válida en el momento de la sanción-. Con ello, deberían retirártela.

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